A los viajeros extranjeros provenientes del área Schengen no se aplicará la disposición, prevista en el Código de Fronteras Schengen, de colocar un sello de entrada en el pasaporte. Por lo tanto, se considerará que los extranjeros procedentes de otro Estado Schengen, que tengan una Visa Schengen Uniforme válida para una entrada (con sello de entrada ya estampado al momento del ingreso en el espacio Schengen), poseen una visa válida para ingresar al territorio italiano, con la condición de que la visa esté vigente.